LOS
TRABAJADORES CONOCERÁN LA APORTACIÓN DEL EMPLEADOR A LA SEGURIDAD SOCIAL EN
SUS NÓMINAS
Los recibos de la nómina de los
trabajadores deberán incorporar la aportación del empleador (en nuestro caso la
Administración de Justicia) a la Seguridad Social , según consta en la Orden Ministerial
publicada en el Boletín Oficial del Estado del 11 de noviembre.
Orden Ministerial
publicada el día 11 noviembre.
Esta Orden Ministerial se dicta en desarrollo del artículo 104 de la LGSS
Esta Orden Ministerial se dicta en desarrollo del artículo 104 de la LGSS
Esta novedad será para los compañeros que
están en el RGSS, que en nuestro ámbito laboral son los funcionarios interinos
(que están en dicho régimen a todos los efectos) y los titulares que entraron a
partir del 1 enero del 2011, que están en el RGSS a los únicos efectos de
jubilación.
En estos casos, en la nómina se deberá
incluir también las aportaciones que hace el empleador (la Administración de
Justicia) a la SS por los trabajadores, no sólo las aportaciones que hace el
propio trabajador (que esas ya vienen recogidas).
Hasta ahora, en la nómina sólo aparece la
base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del
trabajador, pero no la aportación del empleador.
El empleador dispone de 6 meses para
adaptar la nómina a esta nueva normativa, y a la espera de ver cómo lo hacen de
forma concreta, casi seguro que en la nómina aparecerá más salario en "bruto",
pero eso no significa que
hayan subido el salario, sino que aparece la cantidad que el empleador
cotiza por los trabajadores y que hasta ahora estaba oculto. El neto seguirá
siendo igual, sin perjuicio de ver cómo nos afecta la bajada de IRPF que
operará a partir del 1 de enero del 2015 ó de aquellos que cumplan un trienio
más.
Para el caso de los compañeros que están
encuadrados en MUGEJU y en Clases Pasivas, en teoría no cambia nada, puesto que
la norma únicamente se refiere al R.G.SS.